El Tribunal Supremo estudiará el recurso de la Administración catalana sobre la regulación de terapias naturales.
 
Según el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España (CGCFE).


• La Generalidad ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal de Supremo de España contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que anula el decreto que pretendía regular las terapias naturales

• El presidente del CGCFE, Pedro Borrego, incide que el marco jurídico de las profesiones sanitarias es competencia estatal, y está expresamente definido en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS)


Madrid, Julio de 2009.-
El Tribunal Supremo estudiará el recurso de casación presentado por la Generalidad de Cataluña contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que anula el decreto que pretendía regular las terapias naturales. Así lo ha asegurado el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España.

El TSJC anuló el mes pasado el decreto que la Generalidad aprobó en enero de 2007 para regular las condiciones del ejercicio de determinadas terapias naturales, al considerar que vulnera la legislación estatal en materia de salud.

El decreto, que pretendía regular el ejercicio de la naturopatía, la kinesiología, la acupuntura y la reflexología podal, entre otras, fue recurrido por el Ministerio de Sanidad, el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España (CGCFE), la Asociación Española de Fisioterapeutas y el Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Cataluña, entre otras organizaciones.

Además, ante la pretensión de Marina Geli, el CGCFE encargó un dictamen jurídico justificativo y contó con el apoyo corporativo del Parlamento Europeo y diversos representantes ministeriales y grupos políticos, ya que considera que afecta gravemente a la seguridad de la salud del ciudadano y repercute directamente en el ejercicio profesional de los fisioterapeutas.

Ante el nuevo recurso presentado por la Generalidad, el presidente del CGCFE, Pedro Borrego, recalca que “el marco jurídico de las profesiones sanitarias es competencia estatal, y está expresamente definido en la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS)”.

El máximo representante de los fisioterapeutas españoles alerta del incremento de locales destinados a otro tipo de actividades que recientemente están incorporando servicios como masajes, osteopatía, presoterapia, etc., poniendo en grave riesgo la salud del ciudadano por lo que denuncia dicha situación para que sea conocida por las Administraciones, dirigentes políticos y la población en general.

Asimismo, recuerda que la legislación estatal determina que las actividades sanitarias “sólo puedan ser ejercidas por los profesionales referidos en la LOPS y en los establecimientos debidamente autorizados y reconocidos para tal fin”.