La nueva “ley del medicamento” autoriza y regula la prescripción de medicamentos por parte de la enfermería.
- Por Colegio Enfermeria Bizkaia
- Publicada: 29/12/2009
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La nueva “ley del medicamento” autoriza y regula la prescripción de medicamentos por parte de la enfermería.
La enfermería de Bizkaia se congratula por la normalización de su situación legal en la práctica clínica diaria.
- La regulación de la prescripción enfermera aprobada en el Congreso de los Diputados viene a solucionar una situación insostenible de inseguridad jurídica en la que estaban inmersos los enfermeros de toda España.
- El texto anterior prohibía a los enfermeros tomar cualquier decisión respecto a fármacos, sin embargo, la realidad sanitaria y asistencial evidencia que los enfermeros, desde hace décadas, prescriben medicamentos en cientos de intervenciones clínicas y asistenciales.
- Los cambios previstos en la ‘ley del medicamento’ devolverán la seguridad jurídica a todas estas actuaciones enfermeras entre las que estarían la vacunación pediátrica y de adultos (incluyendo la de la Gripe estacional y la de Gripe A), curas de úlceras y heridas, administración de analgesia, entre muchas otras.
Bilbao, diciembre de 2009.- La enfermería de Bizkaia está de enhorabuena. No en vano, el Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad, y tras obtener el beneplácito del Senado la semana pasada, una Proposición de Ley de modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios (conocida popularmente como ‘Ley del Medicamento’), presentada por el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados. Dicha modificación viene a regular la prescripción enfermera, o, lo que es lo mismo la “indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos” por parte de estos profesionales. Cabe destacar que el texto definitivo aprobado es fruto del consenso y el diálogo entre los diferentes grupos parlamentarios del Congreso y las profesiones sanitarias.
La modificación de la ‘ley del medicamento’ respaldada en el Congreso de los Diputados establece que los enfermeros de forma autónoma, podrán indicar, usar y autorizar – es decir, prescribir – la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente receta. Asimismo, dicha proposición de Ley establece que “El Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros, en el marco de los principios de la atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud”.
Valoración del Consejo General de Enfermería
María José García Etxaniz, presidenta del Colegio de Enfermería de Bizkaia, estuvo presente en Madrid para asistir a la aprobación definitiva de la modificación de esta ley. Tal y como ha afirmado, este cambio normativo “devuelve la seguridad jurídica a las 7.000 enfermeras y enfermeros que ejercemos en Bizkaia y para el resto de compañeras y compañeros del País Vasco”.
Para García Etxaniz, el consenso logrado por todas las formaciones políticas “es un ejemplo de madurez y de sentido común, de verdadera capacidad de diálogo y de conocimiento real del funcionamiento de la sanidad pública, haciendo primar, por encima de todo, la calidad asistencial, las necesidades de los pacientes y la seguridad, tanto de los propios ciudadanos como de las principales profesiones sanitarias”.
La presidenta de la enfermería de Bizkaia ha hecho hincapié en que “es una medida que beneficia primero y fundamentalmente a los pacientes, y segundo a todas las profesiones sanitarias que les cuidamos diariamente, es decir, tanto enfermeros como médicos”.
Prescripción enfermera: una práctica habitual
Por su parte, el presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González Jurado, ha asegurado que con esta modificación de la ‘ley del medicamento’ se pone fin a una situación insostenible de inseguridad jurídica para los enfermeros que trabajan en España. El texto anterior a la modificación aprobada hoy prohibía a estos profesionales tomar cualquier decisión respecto a fármacos, convirtiendo en ilegales una gran parte de las actuaciones clínicas que realizan los enfermeros en hospitales, centros de salud, centros sociosanitarios y servicios de salud laboral de las empresas. En este sentido, ha recalcado que los enfermeros, en el ejercicio de sus competencias profesionales, prescriben desde hace décadas más de 200 medicamentos en 170 intervenciones clínicas y asistenciales.
Los presidentes colegiales han recordado que mientras esta modificación de la Ley del medicamento no sea publicada en el Boletín Oficial del Estado, los enfermeros seguirán cometiendo una ilegalidad, tipificada en el ordenamiento jurídico como “supuesto delito de intrusismo profesional” cada vez que curan una herida o una úlcera (utilizando medicamentos de cura sin una indicación médica), cuando deciden administrar un analgésico a un paciente encamado, cuando inyectan la vacuna de la gripe sin indicación médica individualizada, cuando valoran a los pacientes con gripe A y a los casos leves les derivan a su casa con un consejo terapéutico que incluye prescripción farmacológica –como está ocurriendo en numerosas comunidades autónomas–, cuando asisten a trabajadores con algún tipo de problema de salud en los servicios de salud laboral de las grandes empresas, etc.
La enfermería de Bizkaia se congratula por la normalización de su situación legal en la práctica clínica diaria.
- La regulación de la prescripción enfermera aprobada en el Congreso de los Diputados viene a solucionar una situación insostenible de inseguridad jurídica en la que estaban inmersos los enfermeros de toda España.
- El texto anterior prohibía a los enfermeros tomar cualquier decisión respecto a fármacos, sin embargo, la realidad sanitaria y asistencial evidencia que los enfermeros, desde hace décadas, prescriben medicamentos en cientos de intervenciones clínicas y asistenciales.
- Los cambios previstos en la ‘ley del medicamento’ devolverán la seguridad jurídica a todas estas actuaciones enfermeras entre las que estarían la vacunación pediátrica y de adultos (incluyendo la de la Gripe estacional y la de Gripe A), curas de úlceras y heridas, administración de analgesia, entre muchas otras.
Bilbao, diciembre de 2009.- La enfermería de Bizkaia está de enhorabuena. No en vano, el Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad, y tras obtener el beneplácito del Senado la semana pasada, una Proposición de Ley de modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios (conocida popularmente como ‘Ley del Medicamento’), presentada por el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados. Dicha modificación viene a regular la prescripción enfermera, o, lo que es lo mismo la “indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos” por parte de estos profesionales. Cabe destacar que el texto definitivo aprobado es fruto del consenso y el diálogo entre los diferentes grupos parlamentarios del Congreso y las profesiones sanitarias.
La modificación de la ‘ley del medicamento’ respaldada en el Congreso de los Diputados establece que los enfermeros de forma autónoma, podrán indicar, usar y autorizar – es decir, prescribir – la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente receta. Asimismo, dicha proposición de Ley establece que “El Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros, en el marco de los principios de la atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud”.
Valoración del Consejo General de Enfermería
María José García Etxaniz, presidenta del Colegio de Enfermería de Bizkaia, estuvo presente en Madrid para asistir a la aprobación definitiva de la modificación de esta ley. Tal y como ha afirmado, este cambio normativo “devuelve la seguridad jurídica a las 7.000 enfermeras y enfermeros que ejercemos en Bizkaia y para el resto de compañeras y compañeros del País Vasco”.
Para García Etxaniz, el consenso logrado por todas las formaciones políticas “es un ejemplo de madurez y de sentido común, de verdadera capacidad de diálogo y de conocimiento real del funcionamiento de la sanidad pública, haciendo primar, por encima de todo, la calidad asistencial, las necesidades de los pacientes y la seguridad, tanto de los propios ciudadanos como de las principales profesiones sanitarias”.
La presidenta de la enfermería de Bizkaia ha hecho hincapié en que “es una medida que beneficia primero y fundamentalmente a los pacientes, y segundo a todas las profesiones sanitarias que les cuidamos diariamente, es decir, tanto enfermeros como médicos”.
Prescripción enfermera: una práctica habitual
Por su parte, el presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González Jurado, ha asegurado que con esta modificación de la ‘ley del medicamento’ se pone fin a una situación insostenible de inseguridad jurídica para los enfermeros que trabajan en España. El texto anterior a la modificación aprobada hoy prohibía a estos profesionales tomar cualquier decisión respecto a fármacos, convirtiendo en ilegales una gran parte de las actuaciones clínicas que realizan los enfermeros en hospitales, centros de salud, centros sociosanitarios y servicios de salud laboral de las empresas. En este sentido, ha recalcado que los enfermeros, en el ejercicio de sus competencias profesionales, prescriben desde hace décadas más de 200 medicamentos en 170 intervenciones clínicas y asistenciales.
Los presidentes colegiales han recordado que mientras esta modificación de la Ley del medicamento no sea publicada en el Boletín Oficial del Estado, los enfermeros seguirán cometiendo una ilegalidad, tipificada en el ordenamiento jurídico como “supuesto delito de intrusismo profesional” cada vez que curan una herida o una úlcera (utilizando medicamentos de cura sin una indicación médica), cuando deciden administrar un analgésico a un paciente encamado, cuando inyectan la vacuna de la gripe sin indicación médica individualizada, cuando valoran a los pacientes con gripe A y a los casos leves les derivan a su casa con un consejo terapéutico que incluye prescripción farmacológica –como está ocurriendo en numerosas comunidades autónomas–, cuando asisten a trabajadores con algún tipo de problema de salud en los servicios de salud laboral de las grandes empresas, etc.
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